martes, marzo 19, 2024

Renta financiera: ¿Cómo convivir con el nuevo impuesto?

Must Read

El año cerró con la reglamentación del impuesto a la renta financiera. Finalmente se definieron los puntos que se venían programando. El verdadero alcance de la misma es incluir en el objeto del impuesto los rendimientos de las inversiones financieras obtenidos por las personas humanas, las cuales hasta el ejercicio fiscal 2017 estaban exentas. Se aplicará retroactivamente desde el 1° de enero de 2018. Se tributará por los intereses de los plazos fijos, de los bonos en dólares y con cláusula cambiaria, el cobro de alquileres y la compra venta de viviendas, entre otras.

Suscribite a la revista Cultura Inve$t de forma gratuita ahora → SUSCRIBITE

En concreto, quedan alcanzadas con una alícuota del 5% para las inversiones en pesos y 15% para las inversiones en dólares o colocaciones ajustables CER y UVA. Las rentabilidades exentas son las logradas por la inversión en acciones de empresas argentinas y ganancias obtenidas en las cuotapartes de fondos comunes de inversión que tengan 70% de papeles privados locales.

“Se estima que se podría recaudar en todo el año $32.000 millones, lo que se equipara a un tercio de la recaudación mensual del IVA”, advirtió Leonardo Rocco, especialista en Negocios y Director de SAT Investment.

SE TRIBUTARÁ POR LOS INTERESES DE LOS PLAZOS FIJOS, DE LOS BONOS EN DÓLARES Y CON CLÁUSULA CAMBIARIA, EL COBRO DE ALQUILERES Y LA COMPRA VENTA DE VIVIENDAS, ENTRE OTRAS.

Por su parte, Nadín Argañaráz, economista y director del IARAF (Instituto Argentino de Análisis Fiscal), explicó que “con la intención de evitar que el gravamen alcance a los pequeños ahorristas, se instituyó una deducción especial aplicable a este tipo de rentas, fijada en un valor idéntico a la ganancia no imponible, es decir, para el año 2018 es igual a $66.918. La aceleración del proceso inflacionario y la consecuente escalada de la tasa de interés nominal, provocó un deterioro significativo en el valor real de dicha deducción. Así, conforme la inflación esperada a principios del año 2018, las tasas de interés de, por ejemplo, depósitos a plazo fijo, Lebacs, etc. se ubicaban en torno al 25% efectivo anual, por lo cual podía inferirse que quedaban alcanzadas por el tributo tenencias superiores a los $270.000. Las tasas de interés verificadas a partir de la devaluación de la moneda nacional escalaron hasta un promedio que se puede ubicar en el 45% efectivo anual, con lo cual puede estimarse que quedarán alcanzadas por el impuesto tenencias de tan solo unos $150.000 de capital al inicio del ejercicio fiscal 2018”.

Al respecto, Leonardo Rocco remarcó que en el período 2018 “muchas personas físicas terminarán pagando el impuesto a perder plata porque el rendimiento promedio del año es menor a la inflación”.

“Aparece como inequitativo que el impuesto se aplique sobre utilidades nominales y no reales, razón por la cual debería permitirse deducir de los rendimientos nominales obtenidos la tasa de inflación, y aplicar la alícuota del 15% sobre el resultante, tal como se da en el caso de las colocaciones con cláusula de ajuste o en moneda extranjera”, agregó Argañaráz.

TRATAMIENTO DE PÉRDIDAS

Una distorsión que sí ha sido solucionada por la reglamentación recientemente publicada es la que resultaba generada por la fuerte caída en la cotización de los títulos públicos argentinos, acontecida en el presente año. La reglamentación permite la opción de afectar los intereses percibidos en el año 2018 por dichas tenencias a su valor de costo computable. De esta manera se evita tener que abonar impuesto a las ganancias en este año por los intereses de colocaciones que han registrado fuertes pérdidas reales, difiriendo el mismo hasta una futura venta.

PRESENTACIONES

En los primeros días del año se estableció un régimen de información para que entidades de mercado —como bancos y sociedades depositarias de fondos de inversión— brinden los detalles de las operaciones por las que sus clientes recibieron intereses o rendimientos durante 2018.

APARECE COMO INEQUITATIVO QUE EL IMPUESTO SE APLIQUE SOBRE UTILIDADES NOMINALES Y NO REALES.

Entre otros detalles, deberán informar fecha de alta y vencimiento de cada operación, monedas de constitución del depósito o inversión, cláusula de ajuste y monto de los intereses. Además de los depósitos bancarios, también están incluidos títulos públicos, obligaciones negociables, cuotapartes de fondos comunes de inversión, títulos de deuda de fideicomisos financieros y bonos.

En el caso de operaciones en moneda extranjera, las entidades deberán efectuar la conversión a pesos según el último valor de cotización tipo comprador que fije el Banco de la Nación Argentina al cierre del día del pago o puesta a disposición de la renta. Los contribuyentes deberán presentar la información sobre la renta financiera en junio de 2019, con los vencimientos generales del Impuesto a las Ganancias.

Suscribite a la revista Cultura Inve$t de forma gratuita ahora → SUSCRIBITE

 

- PUBLICIDAD-spot_img

Latest News

- PUBLICIDAD-spot_img
- PUBLICIDAD-spot_img
- PUBLICIDAD-spot_img

Nuevo paquete fiscal: cómo afecta a monotributistas y autónomos 

Mirá el análisis completo en el programa: https://youtu.be/IGclJUbV8vE

More Articles Like This