sábado, abril 20, 2024

La letra chica del impuesto a la riqueza

Podrá traer una ola de accionar judicial. Los contribuyentes podrán atacar en masa la ley del impuesto a la riqueza ni bien se sancione con acciones de amparo. Guillermo Pérez, CEO del Grupo GNP, lo explica en detalle. Miralo en Que Hacemos con los Pesos (A24).

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Los expertos alertan que  por buscar atacar a un segmento de contribuyentes con recursos, no se recaudará sino que en su mayor parte irá a la Justicia.

“Una persona que tiene todos sus bienes en el exterior, entre bienes personales e impuesto a la riqueza, paga un 7,5%”, indicó Guillermo Pérez.

“Es un impuesto con muchos problemas. Tiene tasas altísimas y además gravan lo que por bienes personales está exento”, remarcó. “Esto es totalmente inequitativo, confiscatorio, irrazonable y con doble imposición”, indicó.

Ante esta situación, lo conveniente, añadió Pérez, es presentar el amparo junto con una medida cautelar que impida a la AFIP cobrar el impuesto.

El plazo para presentar esos amparos contra una ley sancionada por el Congreso, argumentando su inconstitucionalidad son los 15 días posteriores a su publicación en el Boletín Oficial.

Al ser medidas que se solicitan por «montos indeterminados», es muy baja la tasa de Justicia por llevar estas acciones ante los Tribunales, dijo Pérez.

El experto precisó que se trata de un expediente que se resuelve con relativa rapidez, teniendo en cuenta los tiempos de la Justicia. Se obtiene una respuesta en unos tres meses, y después se deben esperar las decisiones de la Cámara de Apelaciones y de la Corte Suprema de Justicia.

Mirá la nota completa en el programa:

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