De acuerdo al comunicado oficial de la Comisión Nacional de Valores, a partir del pasado jueves 26 de noviembre se definió una «disminución del plazo de permanencia de tres a dos días hábiles para personas humanas y jurídicas que compran un activo en pesos y luego lo venden con liquidación en dólar MEP». Lo mismo ocurrirá para quienes realizan una Transferencia Receptora y luego venden el valor negociable con liquidación en el Bolsa.
Paralelamente, se eliminó el parking para quienes realizan una Transferencia Receptora y luego venden el valor negociable con liquidación en moneda local.
Mirá la explicación en el programa: