jueves, abril 18, 2024

Conocé los beneficios que pueden obtener las pymes con la registración en AFIP

05.07.17 | Por Matías Antonuccio | Las Pymes registradas pueden descontar de Ganancias hasta el 10% de sus inversiones. Además, tienen la posibilidad de pagar el IVA a 90 días e importantes beneficios crediticios para invertir. ¿A quiénes incluye y en qué plazo?

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En Argentina el 99% de las empresas son Pymes, en consecuencia generan el 70% del empleo formal en nuestro país. Más de cuatro millones de argentinos forman parte de las mismas. Según el Artículo 1 de la Ley 25.300, consideran Pymes a aquellas empresas que desarrollan actividades productivas, y cuyas ventas totales anuales en pesos no superan un determinado monto de facturación según la categoría que formen parte; la micro, la categoría pequeña, y la mediana (tramo 1 y tramo 2).

Las ventas totales anuales son aquellas que surgen del promedio de los últimos tres ejercicios o años fiscales, excluyendo el IVA y el impuesto interno que correspondiera. Para las firmas cuya antigüedad sea menor que la requerida (3 años) para el cálculo correspondiente, las ventas anuales se determinaran promediando los ejercicios comerciales o años fiscales completos, o en su defecto se considerará el proporcional de ventas acumuladas desde el inicio de la actividad de la empresa hasta la fecha de solicitud.

¿Cómo registrarse?

Las Pymes para poder acceder a los beneficios impositivos y a los programas de asistencia diseñados para las micro, pequeñas y medianas empresas; deberán adherirse al registro MiPyme en el sitio web de la AFIP. Los titulares de las firmas deberán ingresar al sitio web con Clave Fiscal al servicio “PYMES Solicitud de Categorización y/o beneficios” y completar el formulario N°1272.

El documento indispensable para acceder al programa de beneficios y para acreditar la condición de micro, pequeña o mediana empresa, es el certificado MiPyme. Dicho documento tiene un tiempo de vigencia, y corresponde al último día del tercer mes posterior al cierre del ejercicio, pudiéndose renovar durante el transcurso de dicho mes realizando el trámite de recategorización y descarga de un nuevo certificado. Para recategorizar a una empresa se deben llevar a cabo los mismos pasos que se necesitan para inscribirla por primera vez ingresando con clave fiscal al servicio web AFIP (Solicitud de categorización y/o beneficios).

Beneficios de la Ley

Una vez que las pymes están registradas en la AFIP podrán recibir los beneficios correspondientes. En relación a lo estrictamente fiscal, los beneficios son los siguientes

– Poder pagar el IVA (Impuesto al valor agregado) a 90 días.

– No pagar más el Impuesto a la Ganancia mínima presunta.

– Poder descontar y compensar el Impuesto al cheque de lo que abona el titular de la pyme de Ganancias, hasta un 100 % para micro y pequeñas empresas, y un 50 % para Pymes medianas tramo 1.

Desarrollo a las inversiones

Hasta el 31 de diciembre de 2018, se podrá descontar y computar como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias hasta un 10 % de lo que la pymes invierta en maquinaria e infraestructura. A su vez, si el crédito de esas inversiones permanece como saldo a favor en sus declaraciones juradas de IVA, podrá acceder a un bono de crédito fiscal para cancelar los impuestos nacionales y aduaneros. Para acceder a estos beneficios, una vez que la pyme está registrada como tal en el sitio web de la AFIP, debe descargar el instructivo para aplicar al Régimen de Fomento a las Inversiones Productivas.

Acceso a créditos y mayor flexibilidad en retenciones

En la actualidad, hay mejores posibilidades de financiamiento ya que se amplió el límite de préstamo de la Línea Créditos de Inversión Productiva del 14 al 15,5 %. Se amplió al 50 % el acceso al financiamiento de corto plazo. Además, entre los beneficios más importantes, está el acceso a un crédito a una tasa variable del 16% a pagar en 7 años para montos entre $ 500 mil y $ 5 millones. Se puede hacer a través de la línea Primer Crédito Pyme del Banco de Inversión y Comercio Exterior

En relación a las retenciones, con el fin de otorgar un mayor alivio financiero, se alzaron los niveles de retención de IVA (135%) Y Ganancias (400%), como así también los trámites para obtener algún beneficio de no retención son más flexibles.

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