A mediados del mes de mayo se emitió un fallo de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social que en el caso concreto declaró la inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias a las jubilaciones.
Entre los fundamentos en los que se basa el fallo se ha argumentado que si un sujeto ha pagado el impuesto a las ganancias mientras era un trabajador activo, y volviera a pagar el impuesto siendo un jubilado se configuraría una doble imposición; pero debe advertirse que los aportes que generan derecho a la jubilación configuraron en su momento un gasto deducible, difiriendo el alcance del impuesto a las ganancias para esa porción de renta hasta el momento en que las mismas se transformen en un haber jubilatorio.
La cuestión es analizada por el economista José Luis Machinea en Qué Hacemos con los Pesos (Canal 26). Miralo