jueves, abril 18, 2024

Cambios en el proceso de venta de inmuebles

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Entre los cambios de mayor impacto de la reforma presentada por el Gobierno, la sección dedicada a venta de inmuebles está generando inquietud. Leonardo Rocco, especialista en Negocios, explica los detalles en Qué Hacemos con los Pesos (Canal 26). Miralo.

Actualmente existe una ley, la 23.905 que creó un impuesto específico que grava con una tasa de 1,5% del monto de la transferencia del inmueble, que se puede eximir si se vende la casa habitación y se reinvierte en el año.

Pero ahora, lo que plantea la reforma es que para el caso de inmuebles que no sean para casa habitación, el que vende el inmueble y obtiene una ganancia, va a tener que pagar el 15% por la diferencia entre el precio de venta y el precio al que se compró.

Este impuesto se aplicará para los bienes que se vendan siempre y cuando los bienes hayan sido adquiridos con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley. La medida es aplicable a inmuebles adquiridos luego de la vigencia excepto herencias.

Vale tener presente que en la actualidad, la venta de inmuebles está alcanzada por Ganancias para las personas jurídicas. En las personas físicas, debe tenerse en cuenta la habitualidad.

La magnitud del impuesto, por la diferencia entre el valor de compra y venta, dependerá de lo que pase con la inflación, la variación del dólar (moneda que rige el mercado inmobiliario) y de la evolución de los precios del mercado.

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